El amor a la sabiduría

"Ama a la sabiduría quien la busca por sí misma y no por otro motivo, pues quien busca algo por otro motivo, ama a ese motivo más que a lo que busca." (Santo Tomás de Aquino: "Comentario a la Metafísica de Aristóteles", I,3,56)

jueves, 29 de noviembre de 2012

Homosexualidad y discriminación: la voz de un homosexual

Puede que para algunos lectores no haya quedado en claro que el rechazo al pseudo matrimonio homosexual no implica discriminar a las personas homosexuales y que, por otra parte, es necesario distinguir entre la inclinación homosexual y la conducta o actividad homosexual
Por ello, viene a cuento leer el artículo que salió ayer, 28 de noviembre, en:  http://www.religionenlibertad.com/articulo.asp?idarticulo=26189
El artículo en cuestión se refiere a un escritor homosexual, quien,  a propósito del proyecto promovido por el presidente de Francia, se ha manifiestado en contra del "matrimonio" homosexual, y que considera que oponerse a ese proyecto de ley no constituye un acto de discriminación contra los homosexuales.



Ha escrito varios libros proponiendo la vida de continencia y castidad e intensifica su campaña tras el proyecto de François Hollande

En Francia, relevantes miembros de la comunidad homosexual se están rebelando contra la dictadura que ejerce en los medios el lobby LGTB, imponiendo un pensamiento único que no representa a todos en lo que concierne al "matrimonio" gay. En la reciente manifestación celebrada en París contra el proyecto del presidente François Hollande estuvo el líder gay Xavier Bongibault, y recientemente se ha publicado una nueva obra de Philippe Ariño: La homosexualité en verité [La homosexualidad de verdad], donde, afirma, "rompe por fin el tabú".

Experto en códigos homosexuales
De 32 años y profesor de español, Philippe Ariño es un escritor homosexual bien conocido en Francia por un libro en particular, un Diccionario de códigos homosexuales en dos volúmenes, y también por otros dos libros en torno a "la pareja homosexual, más allá del bien y del mal", tanto en perspectiva íntima como social.
El objetivo de estos cuatro trabajos, que datan de 2008, es siempre definir la naturaleza y las causas del deseo homosexual, y sus consecuencias personales y sociales. Ha escrito una obra de teatro, colabora con sus artículos en diversos medios y dirige además un programa de radio destinado a la comunidad gay. Se ha tomado el curso 2002-03 como año sabático para promocionar sus obras y difundir su pensamiento.

El error de confundir las cosas
Ariño se ha posicionado con claridad contra la consideración de las parejas de gays o lesbianas como matrimonio. En su última entrevista, concedida al semanario Famille Chrétienne [Familia Cristiana], le dice con rotundidad al socialista François Hollande: "¡Por favor, ahórrenos esta ley!".
¿Cuáles son sus razones? Según explica en L´homosexualité en verité, su principio antropológico es que la única división fundadora entre los seres humanos es la diferencia de sexos. Por tanto, no existen en sentido estricto ni la homosexualidad ni la heterosexualidad, que son sólo construcciones semánticas que se transforman en construcciones ideológicas con consecuencias sociales de las cuales la última es la pretensión de equiparación con la familia natural. 
Ariño recuerda que la palabra homosexualidad sólo existe desde 1869 para designar una bisexualidad de corte libertino, y la palabra heterosexualidad nace en 1890 para designar un "hermafroditismo psíquico" liberador de una sexualidad normativa en aras del amor libre. Rechaza que la homosexualidad sea una "enfermedad": en su opinión, lo que llamamos con esa palabra es una sensibilidad especial y un "deseo herido".

A favor de la posición de la Iglesia
Ariño es católico y explica que él canaliza ese deseo y lo sublima ofreciéndolo a Dios viviendo en castidad. La sexualidad no es la genitalidad, y en ese sentido aplaude que la Iglesia haya distinguido siempre entre las tendencias y los actos.
En un artículo publicado en su página web, Ariño considera "absurda" la "oposición" y la "confusión" que algunos intentan promover para presentar a la Iglesia como contraria a los homosexuales, y lamenta que esa incomprensión lleve a muchos artistas gays a producir obras que caen directamente en la blasfemia, y a buena parte de esa comunidad a incurrir continuamente en la provocación agresiva.
"La Iglesia católica nunca ha dicho que las personas homosexuales sean pecadoras por ser homosexuales. Al contrario, está deseosa de acoger a las personas que se dicen homosexuales, y distingue tanto entre los actos y las personas, como entre los individuos y sus deseos superficiales", dice.
Diferenciar entre el ser y el hacer es reconocer la existencia de nuestra libertad, nos salva de negarnos y diabolizarnos a nosotros mismos", continúa: "Sin duda somos siempre reflejo de nuestros actos y responsables de ellos. Pero a los ojos del amor y de la fe, un hombre siempre es más grande que los pecados que comete, por graves y vergonzosos que sean. Para la Iglesia católica, lo que cuentan sobre todo son las personas. Creo que tiene toda la razón del mundo al diferenciar entre la práctica sexual y la identidad sexual: es su empeño en señalar esa frontera el que define el vínculo entre fe y homosexualidad, el que le dice a las personas homosexuales que tienen un lugar en la Iglesia en cuanto hombres donde late un deseo homosexual real y reconocido como tal. La Iglesia no pretende cambiarlas, sólo les pide que pongan su identidad más profunda como hijos de Dios por delante de su identidad secundaria como personas homosexuales".
Las ideas de Philippe Ariño están suscitando un amplio debate tanto en ámbitos cristianos como, en la medida en que no son silenciadas por el lobby LGTB, en la comunidad homosexual, convirtiéndole en un autor de referencia en un momento álgido de polémica en Francia."


martes, 20 de noviembre de 2012

Sobre el pseudo matrimonio homosexual



Sobre el pseudo matrimonio homosexual:


La ley Nº 26.618 que reformó el Código Civil para propiciar la inclusión de las relaciones homosexuales bajo la figura del matrimonio civil dio y dará lugar a graves cambios en la sociedad, los cuales difícilmente podrán ser revertidos. La oposición a esta ley no nace de una postura discriminatoria, sino de la preocupación por defender una institución fundamental de la sociedad que no puede ser desdibujada ni usurpados sus derechos. La ley en cuestión debilita la institución familiar y consiguientemente a la sociedad, por lo que asumir la defensa del matrimonio (el único, el heterosexual) nace de la responsabilidad de todo ciudadano ante el bien común.

Ante todo, conviene dejar aclarado que (me) preocupa la situación de las personas homosexuales. Se trata de personas que, por lo general en la adolescencia, advierten en su intimidad, en algún momento de su desarrollo, la presencia inquietante de una inclinación sexual hacia personas de su mismo sexo. Hay en esa situación un drama. El homosexual es una persona doliente: sufre porque reconoce que sus intereses no son los intereses y gustos de quienes hasta ese momento eran sus amigos, compañeros de juegos y estudios, sufre porque comienza a tomar conciencia de que su vida comienza a adoptar un diverso rumbo, que resulta incomportable con el que le imprimieron sus padres a sus propias vidas, sufre porque tampoco en sus hermanos puede encontrar motivos para identificarse. A partir de allí, siente que el mundo de las confidencias,  del compartir bromas, juegos, momentos, con amigos, padres y hermanos, ha experimentado  una fractura, y comienza a percibir un abismo que se agranda. Quizá reivindique con rebeldía esa tendencia, y trate de encontrar en el mundo sus iguales. Por eso, el homosexual tiende a formar algo así como guetos, a encerrarse en un microcosmos. Quizá busque ayuda en un psicoterapeuta. El homosexual es una persona que sufre. Que necesita acompañamiento, que está hambrienta de comprensión. Esta es la parte de verdad de los reclamos homosexuales. Detrás de todos estos reclamos de derechos, detrás de estas acusaciones de discriminación, hay muchas veces una búsqueda de acogimiento, de comprensión. Esa comprensión no se la podemos negar.
Pero en este planteo hay algo trágico, que nace de un profundo error: darles comprensión no puede ni debe significar que la sociedad deba comenzar a afirmar que los que poseen o sufren la tendencia homosexual tengan un derecho -que la ley les debe reconocer- a equiparar su unión con el matrimonio. La búsqueda de respetabilidad así entendida, es decir, como aceptación social de la conducta homosexual, tiene un altísimo costo social. Eso es lo que trataré de mostrar.


I INTRODUCCION
Pero antes, me interesa aclarar dos cuestiones:
1º.- Quienes nos oponemos a esta ley, no buscamos de ninguna manera agredir ni discriminar a la persona de condición homosexual. Nuestra postura no es contra ellos, sino en defensa de bienes que son esenciales a la sociedad como un todo: el matrimonio y la familia. Incluso, como esta defensa es una defensa del bien común, estamos también defendiendo a la persona  homosexual, ya que el bien común es de naturaleza tal que beneficia a todos (si fuera excluyente o exclusivo, no podría tratarse de un bien común social)
2º.- No creemos que sea una lucha entre los malos y los buenos ni es una cruzada contra el mal: los heterosexuales son los buenos de la película y los homosexuales los malos. Buenas personas y malas personas se definen con arreglo a otras características. Esta afirmación que acabo de hacer presupone ciertas distinciones que son importantes para poder generar un clima de comprensión: la primer observación es que con respecto a la ley no hay una identificación entre su apoyo y el homosexual: no todos los homosexuales están de acuerdo y entre los que están de acuerdo muchos lo apoyan porque creen que obtendrán un reconocimiento moral de la sociedad. Otros, los menos, son los activistas del “lobby gay”. Paralelamente, hay personas heterosexuales que lo apoyan, convencidos de estar reconociendo un derecho supuestamente avasallado. La segunda observación es que hay que hacer una distinción entre “tendencia homosexual” y “conducta homosexual”: de la primera quien la sufre no es responsable, es una inclinación que, de antemano ya dejamos anticipado, es objetivamente desordenada, pero que con respecto a ella, el sujeto puede tomar distancia, sublimarla, moderarla y reencauzarla, ya que todas las tendencias que tiene el ser humano sólo se pueden actualizar, concretar, dar curso, si son asumidas por la libre elección. A diferencia del animal, en el que la tendencia busca ser satisfecha instantáneamente. La conducta homosexual, en cambio es la habitualidad de quien teniendo dicha tendencia, libremente despliega una conducta sostenida en el tiempo que implica el ejercicio de la sexualidad con personas de su mismo sexo.

II LA NATURALEZA DEL MATRIMONIO

Aclaradas estas dos cuestiones (no se busca discriminar ni agredir sino una mejor defensa del bien común social y no es una cruzada contra los homosexuales), pasaré a desarrollar los siguientes puntos:

1º El manejo ideológico del término “discriminación”.Los defensores de la ley arguyen que quienes se oponen al mismo están discriminando a los homosexuales. Creo haber dejado aclarado que no es así (que no se los está haciendo objeto de una persecución).No obstante ello,  la acusación debe ser considerada con más detenimiento. El argumento de la discriminación supone que negarles la posibilidad del matrimonio a los homosexuales es un acto injusto. Pues bien, la ley no les niega esa posibilidad, tiene restricciones o limitaciones, pero son otras (por ejemplo, no tener uno de los contrayentes la edad núbil exigida por la ley, no ser consanguíneos, etc.), pero en la ley nada se dice sobre si son de inclinación homosexual o si son de condición homosexual como criterio para discernir su aptitud matrimonial. Pueden hacer uso de esta institución, por supuesto, no lo harán, pero nada en la ley lo impide. Lo que la ley les exige es que ante todo sean hombre y mujer, ya que el matrimonio es para el hombre y la mujer. Este argumento puede irritar, pero es propedéutico porque sirve para introducir el siguiente argumento: la justicia no se vulnera cuando los que son distintos ante la ley son tratados en forma distinta, en cambio, se vulnera si los que son iguales ante la ley son tratados como si fueran distintos. Por ejemplo, con respecto a la licencia para amamantar, que es pedida por dos madres pero a una se le niega, en ese caso hay un tratamiento injusto, se está discriminando, ya que ante la ley son iguales. Pero si yo, que soy hombre, pido la licencia para amamantar, y se me niega, lógicamente, no puedo quejarme de discriminación ya que soy con respecto a la ley, en ese punto, distinto. Ciertamente, también sería injusto que se me concediera ese derecho, a mí que soy distinto, ya que también es injusto tratar a los diversos como si fueran iguales. A esto, los defensores de la ley en cuestión, contra- argumentan diciendo que esa es la injusticia: ellos son iguales a cualquier heterosexual. La respuesta a esto es obvia: sí, efectivamente,  son iguales, puesto que, como cualquier persona, pagan impuestos, deben ser remunerados como cualquier otro heterosexual, deben tener el mismo acceso a la salud, a la educación, etc. etc. Y todo ello por ser ciudadanos con plenitud de derechos, puesto que el ser homosexuales no les quita ni les agrega derechos. Pero  el punto preciso en el que se centra la discusión está en que son distintos (y ellos mismos lo dicen) sólo en tanto y en cuanto pretenden que esa condición homosexual  los hace también plenamente acreedores a usufructuar los beneficios de la institución del matrimonio. El homosexual que afirma que se lo discrimina al no dejarlo casar con otro de su mismo sexo, está en la misma situación que la del varón que quiere usar la licencia para amamantar. - Por esa razón, los que se oponen a la ley no consideran de ninguna manera que están haciendo objeto de discriminación a los homosexuales al oponerse al mismo.

2º Ahora bien, puede preguntarse, ¿Por qué ese exclusivismo del matrimonio para los heterosexuales? ¿Por qué no ampliar sus beneficios a los homosexuales? ¿Por qué no cambiar esta institución, haciéndola más amplia, más flexible? Esta es la cuestión central, además del tema de la adopción, que está asociado por naturaleza con la aprobación del matrimonio para los homosexuales.
a) La primer razón está en que el matrimonio hombre-mujer responde a una realidad biológica y antropológica insoslayable, como lo es  la diversidad de los sexos. Esta diversidad no es un dato cultural, sino un hecho macizo. Las personas humanas asumimos una identidad sexuada. Incluso hasta sería pertinente hablar, no de personas humanas a secas, sino de persona varón y persona mujer, como lo hacen algunos filósofos. Y ello porque como decía Julián Marías, los adjetivos “sexual” y “sexuado” dicen aspectos distintos (aunque relacionados): “la actividad sexual es una limitada provincia de nuestra vida, muy importante pero limitada, que no comienza con nuestro nacimiento y suele terminar antes de nuestra muerte, fundada en la condición sexuada de la vida humana en general, que afecta a la integridad de ella, en todo tiempo y en todas sus dimensiones.” Esto significa que la condición sexuada incluye pero abarca más que la sexualidad misma, hasta un punto que cualifica o modaliza a la persona en su tono de voz, en su manera de andar, en sus aficiones, por más que ello suceda dentro de un contexto cultural determinado que puede acentuar unos rasgos u otros. Todo ello lo sabemos porque provenimos -hasta ahora- de hogares constituidos por padre y madre: mamá no es papá (así, para ciertas cosas, es mejor entendérselas con mamá, para otras con papá, por ejemplo). La sexualidad configura una identidad, la cual está constituida por distintos factores, o estratos: los cromosomas (sexo cromosómico) que están en la base, luego la conformación morfológica de los órganos sexuales (gónadas masculinas y femeninas: testículos y ovarios),  el sexo genital (órganos genitales externos), factores neurohormonales (sistema hormonal y sistema nervioso, que a través del hipotálamo van orientando el organismo y sus funciones específicas de conformidad con la constitución sexual del individuo), factores psicológicos (sexo psicológico) y factores socio-culturales. Los factores psicológicos o sexo psicológico, irrumpen en el desarrollo desde las primeras etapas de crecimiento del niño (“el sexo psicológico supone la convicción íntima, robusta y firme, de pertenencia a un sexo determinado. Esta convicción implica al yo, a quien en cierto modo configura como un yo sexuado en este sexo; pero, a la vez, es reconfigurada, fundamentada y planificada desde el propio yo[1].El sexo psicológico es un aspecto o dimensión de la persona, y “no algo sobreañadido a ella” (op.cit.), es la misma persona que se ha desplegado en el tiempo configurándose como hombre o mujer a nivel de su personalidad psicológica (carácter, intereses, comportamientos o conductas, gestos, preferencias y gustos, pulsiones o deseos, etc.). En cuanto a los factores socio-culturales tienen que ver con el modo en que lo identifican al individuo los integrantes de su entorno (los padres principalmente), en primer término haciendo de referencia o modelo para la configuración del sexo psicológico, pero también en el trato que se le dispensa acorde con su sexo. El drama –porque es un verdadero drama, no solo personal, sino también familiar-  surge cuando se produce una discontinuidad, una fractura entre las pulsiones y deseos y ese hecho, insobornable y tozudo que constituye el sexo del individuo,  que se fue conformando desde las primeras etapas de su desarrollo fetal.
b) En segundo término, el sexo implica una dimensión generativa. Conlleva una inclinación a usar de la sexualidad, de cuyo uso se sigue, normalmente,  el hijo. Esta dimensión generativa del hombre y de la mujer no es el resultado de una convención, un gusto, una costumbre, una fantasía sexual o una construcción social: es un dato objetivo e inconmovible de la naturaleza: nacemos personas sexuadas como hombres o como mujeres, eso es lo que nos diversifica y nos diferencia unos respecto a otras, y esa sexualidad comporta la posibilidad de que de la unión del material genético del padre con el de la madre se engendre una persona. La finalidad del sexo, no es el placer, no porque no conlleve placer su ejercicio, sino porque esa gratificación asegura también la procreación. Este es el modo en que los seres humanos nos perpetuamos.
c) En tercer lugar, el sexo no tiene esa sola dimensión: también posee una dimensión comunicativa y completiva. El hombre encuentra en la mujer y ésta en el varón su igual y su distinto: es decir el que complementa por ser distinto, aunque  en igualdad de naturaleza, ya que son pares. Esta complementación es sexual, psicológica, afectiva y espiritual. El hombre es una ayuda para la mujer y la mujer para el hombre.
d) La característica de que el amor sexuado entre el hombre y la mujer dé lugar a los hijos, a una familia, es, desde el punto de vista del ordenamiento jurídico de este fenómeno que es el amor humano, lo que resulta ser definitorio para extender la figura del matrimonio a los homosexuales o no extenderla. Porque si de la unión sexual se sigue por definición el hijo, eso no sucede nunca en la unión homosexual, que por definición, vocación y “naturaleza” es estéril. Insisto en que la direccionalidad del amor humano hacia los hijos, hacia la familia, es un dato de la realidad, no es algo meramente convencional, cultural, histórico (aunque a lo largo de la historia se haya revestido de formas culturales diversas).
e) Hay una precedencia ontológica entre el matrimonio y el Estado. El Estado regula el matrimonio porque tiene relevancia social. En efecto, sin matrimonio no hay sociedad que pueda perdurar en el tiempo. Sin padres que eduquen, que transmitan los valores, el respeto por las instituciones, el deber de luchar por el bien común, sin padres que incorporen a los hijos en una tradición cultural, la sociedad desaparecería. Desde este punto de vista es el Estado el principal interesado en que los hijos nazcan en el seno de una familia y que ella los vaya preparando para su incorporación a la sociedad. Incluso, son los padres y madres de familia el verdadero motor de la sociedad y de la economía: sin la motivación que despiertan los hijos y el sentido de responsabilidad ante ellos, los hombres y mujeres haríamos muy pocas cosas de las que hacemos. Los hijos nos vuelven creativos, luchadores sin descanso, nos desvelan en todo momento y a la vez son una fuente de alegría permanente. Pero además, eso también obliga al Estado a no desnaturalizar aquello que siendo una sociedad natural, le precede ontológicamente. Pero ¿qué sucede en el caso de los homosexuales? Esos beneficios y aportes a la sociedad que caracterizan al matrimonio y a la familia no se dan, por razones que son obvias.

Ahora bien, también se argumenta que ese escollo insalvable para la naturaleza, no lo es para el hombre que hoy dispone de los recursos de la tecnología científica. Sin embargo, decir que con los recursos de la tecnología se puede suplantar esa falencia para que los homosexuales tengan hijos es una afirmación que no se puede aceptar porque es reconocer que para satisfacer el deseo del hijo se está dispuesto a la manipulación de las personas: un hijo no es un objeto, no es una cosa, es una persona. Sostener que mediante el instrumental de laboratorio los homosexuales pueden tener hijos es narcisismo: el homosexual por definición no ejerce la función generativa, por los motivos que fueren, y así desarrolla una actividad sexual esterilizadora. Pero a la vez, tiene la pretensión de recurrir a los procedimientos de la tecnología para fabricar una persona. Procedimientos éstos que determinan que la persona pase a ser un producto manufacturado, degradado de su realidad de persona, a ser una  cosa.

III CONSECUENCIAS

3º Aprobada la ley en el Congreso, ¿cuál será el precio para la sociedad? Va a ser muy alto: dará lugar a una transformación muy profunda, pero, lamentablemente, sus efectos, aunque presentes desde el primer momento,  se irán advirtiendo en el tiempo, como sucede con todos los cambios culturales. Y eso es una contrariedad porque las posibilidades de dar marcha atrás y retrotraer las cosas a esta situación anterior, serán cada vez más difíciles. Trataré de anticipar los escenarios futuros que son la consecuencia de esta ley.


Efecto social y político: un primer efecto será la degradación del concepto y  de la realidad del matrimonio. En efecto, van a aparecer otras “formas de amor” que tratarán de legitimarse, y el argumento será precisamente el que se haya legitimado el mal llamado “matrimonio homosexual”. La razón es que si el argumento para su legalización ha sido “todos tienen derecho a la felicidad”, o “todos tienen derecho al amor y a ser protegidos”, cualquier puede esgrimirlo: desde incestuosos (dos hermanos, por ejemplo), hasta los paidófilos,  y hasta polígamos. Estas dos últimas posibilidades ya se han dado. Por ejemplo,  María del Carmen Garcimartín, profesora titular de Derecho Eclesiástico del Estado en la Universidad de La Coruña, señala que “en Estados Unidos la presión para reconocer la poligamia como una forma de familia alternativa crece ininterrumpidamente, si bien, con el fin de evitar el estigma social que conlleva el término poligamia, se prefiere hablar de poliamory o de multi-partner unions (matrimonios de grupo). Pero también en Europa la poligamia está en el debate público, en este caso con una postura en principio más clara por parte de los poderes públicos que la que han mantenido en relación con los matrimonios de personas del mismo sexo.” [2] En cuanto a la pederastia, tanto en Holanda como en Alemania (el partido verde, en este último caso) promovieron acciones políticas para que se reconozca lo que ellos llaman el derecho a “manifestar otra forma de amor con los niños”.

Pero eso significará que el matrimonio dejará de ser un factor social preponderante en la  configuración de la sociedad y ésta quedará desarticulada. La familia quedará indefensa. Los ingleses dicen que cada uno es un rey en su hogar. Y es cierto: cada uno goza de entera libertad en su familia, las relaciones son espontáneas y libres de toda atadura social, pero además significa que la familia es un bastión contra otros poderes. En esta sociedad tecnificada, en la que cada vez más se pierde la posibilidad de una vida íntima –estamos fiscalizados y acotados en nuestros espacios de libertad- la desvalorización del matrimonio y consiguientemente de la familia, nos dejará poco a poco inermes frente a una sociedad cada vez más poderosa. O familia o violencia será la opción de hierro.

Efectos educativos y religiosos: esta ley va acompañada de una modificación del código penal cuyo estudio está realizando la Comisión Legislativa de la Cámara de Diputados[3]. Se busca ampliar la figura de discriminación por razón del género, sexo u orientación sexual. Los efectos prácticos serán que en las escuelas se deberá enseñar que la sexualidad es una mera cuestión de elección, sin un fundamento orgánico, endocrinológico, etc. Pero el que se aparte del libreto será penalizado, incluso con prisión. Ningún maestro podrá enseñar otra cosa. Pero tampoco los padres: ni en la intimidad del hogar, porque de hacerlo abiertamente, y si su hijo lo comenta, correrán el riesgo de ser  denunciados por un tercero. Claramente se estaría vulnerando el derecho de los padres a brindar la educación a sus hijos que les parezca mejor. Tampoco lo podrá hacer  un sacerdote desde el púlpito (por ejemplo, no podrá mencionar ni glosar la epístola a los Romanos del San Pablo en la que condena la homosexualidad). En este caso, el derecho que resulta violentado es el derecho a profesar libremente, como la conciencia lo dicta, una religión. Esto ya ha pasado, por ejemplo un obispo argentino fue denunciado en junio de 2010 ante el INADI por discriminación. ¿Qué había hecho? Enviarles a los señores senadores una carta exponiendo las razones por las que la Iglesia objeta lo que en ese entonces era el proyecto de lo que luego fue la ley Nº 26.618.


Efectos antropológicos: la ley conlleva la legitimación de la adopción de chicos huérfanos o abandonados por parte de parejas homosexuales. La pareja homosexual está lejos de poder cumplir este requisito, a tal punto que, abrir legalmente esta posibilidad que hasta hoy les es negada, significa hacer caso omiso del bien del niño.

En efecto, los homosexuales podrán dar alimento, vestido y educación o instrucción y afecto, pero no lo más importante: esa especial formación que, para el bien del niño, debe ser integral, para la cual se requiere del padre y de la madre: es decir, de la familia. El niño precisa experimentar, tanto en la vida diaria, es decir,  tanto en las acciones cotidianas de sus padres, que son el modelo de su conducta, como en la transmisión verbalizada de los valores (el diálogo), la correcta integración y orientación de la vida sexual hacia el amor entre el hombre y la mujer. Los padres son el espejo de él mismo, en ellos ve dibujado el bosquejo de su personalidad. Y no sólo eso, ya que no se reduce todo a reconocer la propia identidad en el progenitor de su mismo sexo. También en el progenitor del otro sexo el hijo o la hija encuentra una guía para el trato con las personas de distinto sexo; más aún, en la dinámica de la relación entre el padre y la madre descubre el modelo de la relación entre los esposos. Es importante subrayar que no necesariamente esta transmisión de los auténticos valores de la sexualidad de la persona se realiza en forma explícita, consciente y objetiva, tal como se transmiten los contenidos de una ciencia, sino, por el contrario, la forma más habitual –que no excluye la anterior-  se va desplegando a lo largo de las diversas etapas de desarrollo del niño en forma difusa: en los gestos, en las reacciones, en los gustos y preferencias, en la manifestación de los sentimientos, etc. etc. Se trata de un canal de transmisión formativo rico, multiforme pero único y privilegiado. Ahora bien, una persona homosexual adoptante no puede brindar esto a un niño, porque nadie puede dar lo que no tiene. No puede transmitir la experiencia del “ser varón-frente- a la mujer” o del  “ser mujer-frente-al varón”. En cualquiera de los dos casos posibles de homosexualidad  (varón-varón o mujer-mujer), falta uno de los dos términos de la relación. Y esas carencias se volverán operativas en el mañana, cuando haya crecido y deba adoptar sus propias decisiones y orientar su vida de manera definitiva. Al no haber recibido  en forma nítida la impronta de lo masculino o de lo femenino en los momentos de su desarrollo en que su psiquismo lo necesitaba (primera infancia, niñez, adolescencia), su psiquismo no tendrá los resortes necesarios para orientarse en el mundo de los afectos y de la sexualidad.

En conclusión: si se pretende que con la autorización a que los homosexuales adopten, se va a lograr darles cariño a muchos chicos abandonados, la respuesta es ésta: siempre se debe buscar a una familia sana. Una familia que le dé el cariño que le falta al niño abandonado, como así también lo que realmente necesita para su desarrollo integral y equilibrado, como ya se explicó antes. Familias que quieren adoptar las hay en cantidad, sin hijos o con hijos. Hay serias dudas de que falten. La queja que más se repite entre los matrimonios que desean adoptar es que los trámites burocráticos y judiciales son muy lentos e ineficaces por su misma lentitud. Y si faltan, es responsabilidad del Estado y de los grupos intermedios, fomentar una mentalidad más favorable a la adopción entre las familias. En esta cuestión debe primar la racionalidad o sensatez y evitar que las decisiones se tomen sobre la base de sentimientos de arrebatada piedad. En definitiva: es el bien del niño lo que está en primer lugar. Por eso, el argumento que se suele repetir para defender la adopción legal de un chico abandonado por parte de una pareja  homosexual, según el cual “es preferible que lo adopte una persona gay a que quede en la calle”, es un argumento con trampa: es absolutamente  irreal que sólo pueda existir únicamente tal opción. Esta situación la he denominado “efectos antropológicos” por este motivo: los chicos criados en estas condiciones, crecerán sin haber conocido la experiencia del ser padre y del ser madre y por lo tanto, es muy probable que tengan dificultades de adaptación y de generar conductas acordes con la realidad y la riqueza antropológica del matrimonio. Con toda razón se está diciendo que estamos frente a un experimento social, el cual, dado el interés privilegiado que tiene el niño por ser la parte  más débil, lo expondrá a un futuro incierto.

Llama la atención de que hoy en día, que tanto se invoca la ecología y los valores naturales, cuando se trata del ser humano, del amor humano y del niño, se considere que la naturaleza es informe, plástica, que lo admite todo, o que no cuenta para nada. Si los argumentos ecológicos tienen valor, se debe respetar en el caso de los chicos en adopción su hábitat natural, su nicho ecológico, que es el haber nacido del amor de un hombre y una mujer.

Efectos médicos y en la salud pública: Por otra parte,  las primeras víctimas de esta futura situación serán los mismos homosexuales. Hay un rechazo a reconocer como enfermedad la homosexualidad. Es evidente que con esta ley, la conciencia social de que se trata de una enfermedad desaparece. Por lo tanto, unido al hecho de que toda afirmación que contradiga el dogma de este paradigma sobre la sexualidad humana será penalizada, el resultado será que:

a) ningún psicoterapeuta o psiquiatra podrá curar la homosexualidad. Se ha difundido la idea de que el homosexual nace y no se hace. El problema es que así el homosexual no encontrará acceso fácil a grupos de apoyo, terapeutas y directores espirituales que apoyen de manera inequívoca su deseo de curarse. 
b) No sólo eso, hoy los homosexuales no pueden donar sangre por el peligro de transmitir sobre todo el SIDA, así lo establece la OMS, ya que entre ellos el porcentaje de este enfermedad es mucho más elevado. Ahora bien, la aprobación de la ley significa  significará que el Estado está promoviendo conductas de riesgo, lo que a la larga se traducirá en mayores enfermedades y mayores costos sociales. Costos que tendrá que afrontar la sociedad.

Efectos éticos: se volverá difícil para la sociedad discernir con claridad, en lo que hace a este tema, entre “malas y buenas costumbres”. Por supuesto, hay aquí dos concepciones filosóficas sobre la determinación del bien moral que están en pugna acerca de cuál es el criterio para distinguir las acciones buenas de las malas. Esas dos concepciones divergen, consecuentemente, acerca de qué aspectos y dimensiones de la vida humana y social puede o no legislarse. Una sostiene que la naturaleza, es decir el modo de ser esencial que tiene cada realidad (en este caso del ser humano en su integralidad),  es la fuente de dinamismos y orientaciones que están en función del desarrollo del poseedor de esa naturaleza y que esa naturaleza no sólo tiene esa orientación finalística, que lo inclina y ordena hacia aquello que lo perfecciona y completa, sino que además nos provee de un criterio normativo fundamental. Tiene valor normativo, en el sentido de que nos proporciona un criterio para valorar como buenos o malos aquellos bienes o realidades, conductas y elecciones que guardan una conformidad con la naturaleza del hombre y su perfeccionamiento y determinar así el contenido de las normas morales. Frente a lo que erróneamente afirma la acusación -originada en Hume- de que incurren en una falacia (la “falacia naturalista”) quienes toman a la naturaleza humana como criterio normativo, esta concepción sostiene que es legítimo y lógicamente válido derivar del ser (la naturaleza) el deber ser (las normas éticas). No de otro modo procede por ejemplo la medicina: el médico estudia por ejemplo el estómago para saber cómo es y qué función cumple. Eso significa que estudia el ser o la naturaleza del estómago. Y a partir de ese conocimiento sobre la naturaleza del estómago y de su régimen de comportamiento normal, prescribe cómo se lo debe cuidar, qué se debe evitar, etc.: se trata del “deber ser”, podríamos decir, del estómago. Análogamente, sucede con el ser humano. Su naturaleza dicta “qué se puede” y “qué no se puede” en el hombre. Para esta concepción el fundamento ético de toda norma moral, individual y social, se encuentra en la naturaleza misma del hombre. Esto no anula la libertad del hombre: toda tendencia deber ser interpretada por la persona y asumida libremente. Por ejemplo, con la sed o el hambre, debe haber un discernimiento por parte de la persona, que integre la satisfacción placentera de esa necesidad con el sentido que tiene para la subsistencia de sí mismo en tanto que organismo físico. De no ser así, se daría el efecto contrario:  el dipsómano o el glotón desmedido, en vez de lograr lo que su naturaleza requiere para el bienestar físico, terminan enfermando y autodestruyéndose.
La otra concepción, que malinterpreta el concepto de naturaleza que ya describimos, por cuanto lo reduce a una realidad inerte, carente de dinamismos propios y de una orientación finalística perfectiva, ve en ella, en la naturaleza, una amenaza a la libertad (o a la diversidad cultural, o las variaciones históricas de las sociedades). Ello así, porque supone que hablar de “naturaleza” implica hablar siempre de la naturaleza física (el mundo de los seres corpóreos)  y que en el reino de lo natural las leyes son inexorables, de modo que no dejarían espacio para el ejercicio de la libertad. Para esta postura, si el hombre tiene naturaleza no es libre, y si es libre, no tiene naturaleza. Desde esa perspectiva, al negar que la naturaleza pueda ser un fundamento normativo, hace descansar la razón última de toda ley y de toda  justicia en la pura decisión humana (el consenso social, la voluntad omnímoda del legislador, la decisión de la mayoría, el empuje de las conductas que han pasado a ser socialmente aceptadas, el Estado, etc.). La naturaleza humana es sólo un dato ciego, carente de significado. Un hecho bruto que no nos puede dar indicaciones sobre lo bueno y lo malo para el hombre. Si esto es así y se impone, como se está imponiendo culturalmente, nadie quedará a salvo de la injusticia y de la violencia impuesta por una dictadura cultural o política. Ya no habrá diques que oponer al avasallamiento del Estado: los derechos humanos, cuyo fundamento sólo puede estar en la naturaleza humana[4], quedan a merced del que posea más fuerza para imponer su voluntad (grupo, poder económico, político, etc.)
La primer postura se la conoce como “realismo”, “realismo axiológico”, “iusnaturalismo”, “teoría de la ley natural”, etc. La segunda, como “positivismo”, “positivismo jurídico” o, según se decante en  favor de las diferencias culturales (cada cultura tiene sus normas morales) o en favor de la historicidad del ser humano (el hombre es lo que cada etapa histórica hace de él, pero no tiene una naturaleza y no hay normas válidas para toda época) se la conocerá entonces como “culturalismo”, “historicismo” o “sociologismo”. En cualquier caso el hombre, individual o genéricamente considerado, es la fuente total y exclusiva de las normas morales y de lo justo. En esta discusión quienes están a favor del llamado matrimonio homosexual, explícitamente o implícitamente asumen esta segunda postura: la sexualidad humana no nos da indicaciones sobre su deber ser. Podemos hacer del sexo uso y abuso, todo es legítimo, cada uno pude orientar su sexualidad en cualquier dirección. Consiguientemente, la fuente exclusiva del derecho es la legislación positiva y no hay más derechos que la sociedad reconozca como tales en sus ordenamientos legales. A partir de esto se ha impuesto en el lenguaje políticamente correcto la noción de género: éste es lo que uno hace de su sexualidad, imprimiéndole una libre orientación, para la cual  no hay datos hormonales, gonádicos, morfológicos, afectivos psicológicos previos que haya que tener en cuenta. O bien, el género es lo que la sociedad le asigna a cada uno en función de roles estereotipados (padre y madre, son sólo estereotipos para este modo de ver, una mera función que puede ser asumida por cualquier sin importar el sexo),  de los que hay que emanciparse. Por ello, para esta postura que fundamenta la ley   en discusión, el matrimonio bien puede no ser heterosexual y es indiferente que sus integrantes tengan el mismo sexo, al niño no lo afecta ser adoptado por dos hombres o dos mujeres, etc. etc. Esta postura, curiosamente, desvaloriza el cuerpo humano, no lo tiene en cuenta como elemento integrante el ser humano: prescinde del cuerpo humano, no es un dato relevante para la identidad sexual y el ejercicio del amor. [5]
Quienes nos oponemos a esta ley, sostenemos lo contrario (explícita o implícitamente): hay una naturaleza humana, el matrimonio y la familia tienen una especificidad propia, no reemplazable por ninguna “construcción socio-cultural”, y un sentido y finalidades que deben ser respetadas por el Estado, las cuales hemos delineado en la parte II de esta exposición. Por eso dijimos más arriba (en la parte I) que “la tendencia homosexual es objetivamente desordenada”: no responde a la naturaleza humana  en su dimensión sexual y amorosa,  la contraría, la desvirtúa y, finalmente, termina por malograr al hombre. Consiguientemente, la fuente del derecho es la ley natural, (la naturaleza humana como indicadora de lo bueno y lo malo) y las leyes positivas no pueden desconocerla, bajo pena de ser injustas. Cabe destacar que este concepto realista de naturaleza no es un concepto estadístico: su validez no surge de la frecuencia de un comportamiento. Hoy día se confunde normalidad  y  frecuencia. Una situación o un comportamiento puede reiterarse en una sociedad determinada, puede ser elevado su índice estadístico, tener una cierta frecuencia, y sin embargo, eso no vuelve normal a ese comportamiento (“normal” en su verdadero sentido, que es el sentido ético-moral). Así por ejemplo, si el 90 % de la población sufre de dolor de cabeza (frecuencia), eso no significa que el restante 10 % deba ser tratado para que también lo tenga, ya que lo normal para el ser humano  es no tener cefaleas [6].   

La dificultad en el discernimiento de lo que está mal y bien con respecto al matrimonio, la familia y la sexualidad humana será una de las consecuencias de la vigencia de esta ley. Esta afirmación se comprende fácilmente, si se comprende que toda ley incluye entre sus virtualidades el volver positivamente valioso para la sociedad aquello que se legitima legalmente [7]. Si la homosexualidad no es normal, como lo hemos visto, esta ley asumiría la función de consagrar jurídicamente lo que no es normal. Ahora bien, la homosexualidad no es normal, porque no se corresponde con el sentido de la sexualidad humana (eso quiere decirse cuando se dice que no es natural). Luego, la ley consagrará como normal lo que no lo es. De este modo, la sociedad lentamente terminará por considerar como “buena costumbre” lo que de ninguna manera lo es, perdiéndose el norte en este punto tan fundamental de la moral y las costumbres.



Como conclusión, la aprobación de esta ley es un acto gravemente discriminatorio, que lesiona el tejido social, dificulta  un desarrollo pleno y armónico de los individuos y de las familias y terminar por afectar a las generaciones futuras.




[1] cfr. Aquilino Polaino Lorente: “Sexo y cultura. Análisis del comportamiento sexual”.Edic. Rialp, 1992.
[3] La Comisión de Legislación Penal de la cámara baja amplió el temario que incluye filicidio y agregó la modificación de la antidiscriminatoria que pretende incorporar la no discriminación por género, identidad de género o su expresión y orientación sexual" en la Ley 23592. La ley que cuenta con el despacho favorable de la Comisión de Derechos Humanos quedaría -con el visto bueno de Penal- listo para llegar al recinto  (www.notivida.org)

[4] Por supuesto que en última instancia el fundamento es el Creador de esa naturaleza, Dios, reconocido por nuestra Constitución Nacional como fuente y razón de toda justicia.
[5] En antropología filosófica se lo conoce como “dualismo antropológico”: el hombre no es su cuerpo, éste no forma parte de su esencia.
[6] El ejemplo es de Spaemann, Robert: “Límites. Acerca de la dimensión ética del actuar”. Eunsa, Madrid, 2003.
[7] Esta verdad sobre la ley en sí, era conocida y afirmada ya por Platón, así en Las Leyes: la ley moldea a cada sociedad.